¿Recibes o entregas bienes en resguardo?
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Crear mi contrato →¿Qué es y qué lo regula?
En el contrato de depósito, una parte (el depositante, dueño del bien) entrega una cosa a otra (el depositario, el taller, bodega o guardamuebles) para que la guarde y la devuelva cuando se le pida. Es el documento natural de talleres, bodegas, guardamuebles y de cualquier negocio que recibe bienes de terceros.
Lo regula el Código Civil Federal a partir del artículo 2516, con una obligación central del depositario: conservar el bien y devolverlo en el estado en que lo recibió.
La responsabilidad del depositario
Aquí está el equilibrio que busca el contrato: proteger al dueño si el bien se daña por descuido, y proteger al negocio ante reclamaciones exageradas por daños que ya existían.
| El depositario responde si… | El depositario NO responde si… |
|---|---|
| El bien se daña por su descuido o negligencia. | El daño ya existía al ingresar (documentado). |
| El bien desaparece estando bajo su resguardo. | El deterioro es por naturaleza propia del bien. |
| Usa el bien sin autorización del dueño. | Hubo caso fortuito o fuerza mayor comprobable. |
Documentar el estado del bien al ingresar
Es la cláusula que decide la mayoría de los conflictos. Describe el bien con todo detalle y deja constancia de cómo entró:
- Descripción con características identificables: marca, serie, color, modelo.
- Estado del bien al ingreso, incluyendo daños previos existentes.
- Valor declarado del bien, acordado por ambas partes.
- Fotos con fecha como respaldo del estado de entrada.
- Motivo y plazo estimado del resguardo.
- Costo del servicio, o confirmación de que es gratuito.
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Crear contrato de depósito →Qué debe incluir el contrato
- Datos de ambas partes. Depositante (dueño) y depositario (quien resguarda).
- Descripción del bien. Características identificables para no confundirlo.
- Estado de ingreso. Daños previos documentados con fotos.
- Valor declarado. Base para la indemnización en caso de daño o pérdida.
- Plazo del resguardo. Desde cuándo y hasta cuándo, y qué pasa al vencer.
- Costo del servicio. Monto y forma de pago, o declaración de gratuidad.
- Condiciones de devolución. Cómo y a quién se entrega el bien.